Lo elaborará el técnico competente designado por el promotor.
Si es necesario que haya un coordinador de seguridad y salud durante la fase de proyecto, éste debe elaborar un estudio de seguridad y salud o tiene que hacer que se elabore bajo su responsabilidad.
Debe hacerse en todas las obras que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Presupuesto de ejecución superior a 450.759 euros.
- Duración estimada superior a 30 días laborables, con un volumen de empleo superior en algún momento a 20 trabajadores.
- Volumen de mano de obra superior a 500, si este volumen corresponde a la suma de los días trabajados del total de operarios en la obra.
- Cuando se trate de las obras siguientes: · túneles · galerías y conducciones subterráneas · presas.
En todas las obras que no cumplan ninguno de los requisitos anteriores el técnico competente designado por el promotor elaborará un estudio básico de seguridad y salud. Si es necesario que haya un coordinador de seguridad y salud durante la fase de proyecto, éste elabora o hace que se elabore bajo su responsabilidad.